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SISTEMA DE REDUCCIÓN DE COTIZACIONES. BONUS

Reducción de cotizaciones por contingencias profesionales. Valores límite y volumen de cotización aplicables al ejercicio 2013.

EL B.O.E. número 28, de 1 de febrero de 2014, publica la Orden ESS/106/2014, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, que establece, en su artículo 31, los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el período de observación, para el cálculo del incentivo previsto en el Real Decreto 404/2010.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral, a partir del 1 de abril de 2014, las empresas podrán presentar en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales, las correspondientes solicitudes.

En relación con el presente ejercicio, se deberán considerar los siguientes aspectos:En la actualidad, FREMAP está abonando, por un importe superior a 8,1 millones de euros, los incentivos autorizados correspondientes a la solicitud 2012 (período de observación 2009/2011).

Una vez disponible la información relativa a 2013, FREMAP pondrá a disposición de sus empresas asociadas los modelos y asesoramiento para que puedan efectuar las solicitudes.

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